Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL
ARTÍCULO 43º.- INTENDENCIAS REGIONALES
Las Intendencias Regionales son órganos desconcentrados encargados, dentro de su ámbito territorial, de dirigir y supervisar la programación, desarrollo y ejecución de las actuaciones inspectivas de fiscalización, orientación y asistencia técnica; así como, supervisar los procedimientos sancionadores.
Tienen a su cargo las acciones relativas a los diferentes sistemas administrativos para el normal funcionamiento de las Intendencias Regionales, en coordinación con los órganos de administración interna de la Sunafil.
Los Intendentes Regionales resuelven en segunda instancia, el procedimiento administrativo sancionador, así como los recursos de queja por denegatoria de recurso de apelación.
Dependen jerárquicamente del Despacho del Superintendente.
Subcapítulo incorporado por el Artículo 4 del Decreto Supremo N.º 009-2013-TR (25.10.13).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.