Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL
ARTÍCULO 37º.- INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA
La Intendencia de Lima Metropolitana es un órgano desconcentrado encargado, dentro de su ámbito territorial, de dirigir y supervisar la programación, desarrollo y ejecución de las actuaciones inspectivas de fiscalización, orientación y asistencia técnica; así como, supervisar los procedimientos sancionadores.
Tienen a su cargo las acciones relativas a los diferentes sistemas administrativos para su normal funcionamiento, en coordinación con los órganos de administración interna de la Sunafil.
El Intendente de Lima Metropolitana resuelve en segunda instancia, el procedimiento administrativo sancionador, así como los recursos de queja por denegatoria de recurso de apelación.
Dependen jerárquicamente del Despacho del Superintendente.
Artículo modificado por el Artículo 3 del Decreto Supremo N.º 009-2013-TR, (25.10.13), cuyo texto es el siguiente:
“Subcapítulo I”
INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA”
Subcapítulo incorporado por el Artículo 4 del Decreto Supremo N.º 009-2013- TR, (25.10.13).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.