Aprueban el Reglamento del Decreto de Urgencia N.º 012-2019 que establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional
Única.
La plataforma informática a la que hace referencia el numeral 5.6 del artículo 5 debe entrar en funcionamiento dentro de los 90 días calendario computados a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, bajo responsabilidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.