Aprueban el Reglamento del Decreto de Urgencia N.º 012-2019 que establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional
ARTÍCULO 7º.- DE LA DOCUMENTACIÓN SUSTENTATORIA
La SUNAT puede requerir al transportista la documentación, información y registros contables que sustenten la solicitud de devolución, los cuales deben ser puestos a disposición de dicha entidad en la fecha y lugar que esta señale.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.