Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1269 que crea el Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta
ARTÍCULO 3º.- DE LOS SUPUESTOS DE VINCULACIÓN
Para efectos de lo dispuesto en el primer párrafo del inciso a) del artículo 3 del Decreto Legislativo, se entiende como supuestos de vinculación:
a) Los señalados en los numerales 1, 2 y 4 del artículo 24º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.
b) También se configura un supuesto de vinculación cuando en cualquiera de los casos señalados en los numerales 1 y 2 del citado artículo 24º la proporción del capital indicada en dichos numerales pertenezca a cónyuges entre sí.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.