Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial

Octava.- De los/as trabajadores/as agrarios a considerar para la aplicación del artículo 9 de la Ley por el 2021

Para el cálculo del promedio de trabajadores a efecto de determinar la tasa aplicable del aporte al ESSALUD en el año 2021, se consideran como trabajadores agrarios aquellos declarados como tales en el año 2020 aun cuando dicha información hubiera sido proporcionada en base a lo establecido por la Ley N° 27360, Ley que aprueba las normas de promoción del sector agrario.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.