Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente - Reglamento de la Ley MYPE

ARTÍCULO 18º.- CALIFICACIÓN DE LAS MYPE

Para acceder a los beneficios previstos en el presente capítulo, las MYPE deberán tener registro vigente en el REMYPE.

El MTPE habilitará una opción de consultas en línea para que las Entidades del Estado puedan verificar, antes del otorgamiento de la Buena Pro, si el participante o postor cuenta con inscripción vigente en el REMYPE.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.