Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales
ARTÍCULO 43º.- DEL CONTENIDO DEL PLAN
El Plan contiene como mínimo lo siguiente:
a. Denominación del Plan: Según la modalidad formativa.
b. Datos generales: Información general sobre la empresa, el (los) beneficiario(s) y el CFP, según corresponda.
c. Objetivo del Plan: Consigna lo que debe lograr el beneficiario de acuerdo a lo establecido en la Ley para cada modalidad formativa; debe especificar las competencias y capacidades a desarrollar.
d. Actividades formativas en la empresa: Contiene información básica sobre el conjunto de funciones y tareas que desarrollará el beneficiario en su proceso formativo.
e. Duración: Se indica fecha de inicio y término, así como especificación de horas y días en las cuales el beneficiario realizará su proceso de formación.
f. Contexto formativo: Breve descripción de las condiciones de infraestructura, ambiente, maquinarias, herramientas, insumos, condiciones de seguridad.
g. Monitoreo y evaluación: Incluye los criterios de evaluación de desempeño y designación de los responsables del seguimiento.
Sin perjuicio de lo señalado en el presente artículo, deberá darse cumplimiento al contenido exigido por la Ley para cada modalidad.
Concordancias
Ley N.° 28518 (24.05.05), Arts. 8°, 18°, 19° y 34°
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.