Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales

ARTÍCULO 3º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCES

El ámbito de aplicación de la Ley y el Reglamento comprende a las empresas, entendidas como toda entidad pública o privada cuyos trabajadores estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

Concordancias

Ley N.° 28518 (24.05.05), Art. III

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.