Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales
ARTÍCULO 18º.- TIPOS DE PARTICIPANTES DE LA MODALIDAD DE PASANTÍA EN LA EMPRESA
a) Beneficiarios de 14 años o más que requieran aplicar y completar lo aprendido en la capacitación recibida en el CFP, respaldado por un Programa debidamente autorizado por el Sector correspondiente. También comprende a los estudiantes de los CETPRO del ciclo básico del MINEDU, de los CENFORP y de los Centros de Formación Sectorial del ciclo básico.
b) Beneficiarios que se encuentran estudiando en los últimos años de educación secundaria, que por razones de estudio necesiten participar determinado número de horas y días de la semana en la empresa. Serán presentados a las empresas por los centros educativos públicos y privados que por razones curriculares prevén pasantía en una empresa.
Concordancias
Ley N.° 28518 (24.05.05), Art. 23° y 24°
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.