Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad

ARTÍCULO 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente Reglamento es de aplicación a las personas naturales y jurídicas de derecho público y privado comprendidas en los alcances de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

Las normas previstas en el presente Reglamento se aplican a la luz de los principios establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.