Aprueban Reglamento de la Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura
Cuarta.-
La Biblioteca Nacional del Perú queda facultada a dictar las demás disposiciones que sean necesarias para el funcionamiento del Registro de Proyectos Editoriales, dentro del marco de la Ley Nº 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura y del presente Reglamento.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.