Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa
ARTÍCULO 54º.-
La valoración de los factores mencionados en el Artículo 49 se expresará en un cuadro de resultados, que servirá para determinar los ascensos y quedará registrado en el Escalafón Institucional respectivo.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.