Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa
ARTÍCULO 131º.-
Los funcionarios y servidores deben supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades fijadas por la autoridad competente en relación a las necesidades de la colectividad.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.