Dictan disposiciones sobre el registro de control de asistencia y de salida en el régimen laboral de la actividad privada
ARTÍCULO 8º.-
Artículo derogado por el D.S. N.° 019-2006-TR (29.10.06)
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.