Decreto Legislativo que crea el Régimen Mype Tributario del Impuesto a la Renta

ARTÍCULO 2º.- DEFINICIONES

Para efecto del presente decreto legislativo, se entenderá por:

a. SUNAT : A la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

b. RUC : Al Registro Único de Contribuyentes.

c. Código Tributario : Al Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias.

d. Ley del Impuesto a la Renta: Al Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias.

e. Régimen General : Al régimen de determinación del impuesto a la renta de tercera categoría contenido en la Ley del Impuesto a la Renta.

f. UIT : A la Unidad Impositiva Tributaria.

g. Nuevo RUS :Al Nuevo Régimen Único Simplificado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 937 y normas modificatorias.

h. Régimen Especial : Al Régimen Especial del Impuesto a la Renta contemplado en el Capítulo XV de la Ley del Impuesto a la Renta.

i. Ingresos netos : A la totalidad de ingresos brutos provenientes de las rentas de tercera categoría a las que hace referencia elartículo 28 de la Ley del Impuesto a la Renta deducidas las devoluciones, bonificaciones, descuentos y conceptos similares que respondan a las costumbres de la plaza, incluyendo las rentas de fuente extranjera determinada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley del Impuesto a la Renta.

Cuando se mencionen artículos sin señalar la norma a la que corresponden, se entenderán referidos al presente decreto legislativo.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.