Decreto Legislativo que crea el Régimen Mype Tributario del Impuesto a la Renta

ARTÍCULO 1º.- OBJETO

El presente decreto legislativo tiene por objeto establecer el Régimen MYPE Tributario - RMT que comprende a los contribuyentes a los que se refiere el artículo 14 de la Ley del Impuesto a la Renta, domiciliados en el país; siempre que sus ingresos netos no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable.

Resultan aplicables al RMT las disposiciones de la Ley del Impuesto a la Renta y sus normas reglamentarias, en lo no previsto en el presente decreto legislativo, en tanto no se le opongan.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.