Aprueban Norma Técnica denominada “Normas complementarias para la aplicación y fiscalización del cumplimiento de la cuota de empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores privados”

ARTÍCULO 16º.- INICIO DE LA FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA CUOTA DE EMPLEO

La fiscalización laboral del cumplimiento de la cuota de empleo referida en la presente norma, se inicia con la revisión de la información de la Planilla Electrónica a efectos de determinar:

a) Los empleadores obligados a cumplir con la cuota de empleo.

b) El número de trabajadores con discapacidad con que debe contar cada empleador obligado.

c) El número de trabajadores con discapacidad con los que ha contado el empleador obligado.

d) Los empleadores que cumplieron e incumplieron con la cuota de empleo.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.