Parámetros de fondo y forma para la aplicación de la norma anti-elusiva general contenida en la norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario

SEGUNDA.- DIFUSIÓN DE CONDUCTAS ELUSIVAS POR MEDIO DEL PORTAL SUNAT

La SUNAT, por medio de su portal oficial http://www.sunat.gob. pe difunde las caracterizaciones generales de los casos en los que se estableció la existencia de elementos suficientes para aplicar la norma anti-elusiva general. De similar manera, la SUNAT difunde de manera progresiva y enunciativa, situaciones y consideraciones para la aplicación de la norma anti-elusiva general, así como caracterizaciones generales de casos en los que a partir de las fuentes jurídicas nacionales los deudores tributarios, terceros y asesores tributarios pueden provocar la aplicación de la norma anti-elusiva general.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.