NIIF 9 Instrumentos Financieros · Contraprestación por el valor temporal del dinero

Párrafo B4.1.9B

Sin embargo, en algunos casos, el elemento del valor temporal del dinero puede modificarse (es decir, es imperfecto). Este sería el caso, por ejemplo, si una tasa de interés de un activo financiero se restablece periódicamente, pero la frecuencia no coincide con el periodo de vigencia de la tasa de interés (por ejemplo, la tasa interés se restablece cada mes a la tasa a un año) o si la tasa de interés de un activo financiero se restablece periódicamente a un promedio de tasas de interés a corto y largo plazo concretos. En estos casos, una entidad debe evaluar la modificación para determinar si los flujos de efectivo contractuales representan solo pagos del principal e intereses sobre el importe principal pendiente. En algunas circunstancias, la entidad puede ser capaz de realizar esa determinación, realizando una evaluación cualitativa del elemento del valor temporal del dinero mientras, en otras circunstancias, puede ser necesario realizar una evaluación cuantitativa.

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