NIIF 9 Instrumentos Financieros · Contraprestación por el valor temporal del dinero
Párrafo B4.1.9A
El valor temporal del dinero es el elemento del interés que proporciona contraprestación por el mero paso del tiempo. Esto es, el elemento del valor temporal de dinero no proporciona contraprestación por otros riesgos o costos asociados con la tenencia del activo financiero. Para evaluar si el elemento proporciona contraprestación por el mero paso del tiempo, una entidad aplicará el juicio profesional y considerará factores relevantes tales como la moneda en la que se denomina el activo financiero y el periodo por el que se establece la tasa de interés.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.