NIIF 9 Instrumentos Financieros · Fecha de reconocimiento inicial o de baja en cuentas

Párrafo B3.1.2A

A menos que se aplique el párrafo 3.1.2, una entidad reconocerá un activo financiero o un pasivo financiero en la fecha en que la entidad pase a ser parte de las disposiciones contractuales del instrumento (véase el párrafo 3.1.1). Un activo financiero se da de baja en cuentas en la fecha en que expiran los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo o se transfiere el activo (véase el párrafo 3.2.3). A menos que una entidad opte por aplicar el párrafo B3.3.8, un pasivo financiero se da de baja en cuentas en la fecha de liquidación, que es la fecha en la que el pasivo se extingue porque la obligación especificada en el contrato se cumple o cancela o expira (véase el párrafo 3.3.1) o el pasivo cumple de otro modo las condiciones para la baja en cuentas (véase el párrafo 3.3.2).

[Referencia: párrafos FC3.44 y FC3.45, Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.