NIIF 9 Instrumentos Financieros · Alcance (Capítulo 2)

Párrafo B2.6

Las manifestaciones de que un emisor considera ciertos contratos como contratos de seguro se encuentran, habitualmente, en sus comunicaciones a los consumidores y reguladores, en sus contratos, en la documentación de su actividad y en sus estados financieros. Además, los contratos de seguro están a menudo sujetos a exigencias contables que son distintas de las relativas a otros tipos de transacciones, como por ejemplo los contratos emitidos por bancos o por sociedades comerciales. En tales casos, los estados financieros del emisor, habitualmente, incluirán una declaración relativa a la aplicación de esas exigencias contables.

[Referencia: párrafo 2.1(e)]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.