NIIF 9 Instrumentos Financieros · Designación de instrumentos de cobertura

Párrafo 6.2.6

Sin embargo, un instrumento derivado que combina una opción emitida y una opción comprada (por ejemplo, un contrato que asegure unas tasas de interés mínima y máxima) no cumple los requisitos de un instrumento de cobertura si es, en efecto, una opción emitida neta en la fecha de la designación (a menos que cumpla los requisitos de acuerdo con el párrafo B6.2.4). De forma análoga dos o más instrumentos (o proporciones de ellos) pueden ser designados conjuntamente como el instrumento de cobertura solo si, en combinación, no son, en efecto, una opción emitida en la fecha de la designación (a menos que cumpla los requisitos de acuerdo con el párrafo B6.2.4).

[Referencia:
párrafo 6.2.1
párrafos FC6.151 a FC6.153, Fundamentos de las Conclusiones]

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