NIIF 9 Instrumentos Financieros · Cambios en la base para la determinación de los flujos de efectivo contractuales como resultado de la reforma de la tasa de interés de referencia
Párrafo 5.4.9
Si se realizan cambios en un activo financiero o pasivo financiero, además de los cambios en la base para la determinación de los flujos de efectivo contractuales requeridos por la reforma de la tasa de interés de referencia, una entidad aplicará en primer lugar la solución práctica del párrafo 5.4.7 a los cambios requeridos por la reforma de la tasa de interés de referencia. La entidad aplicará a continuación los requerimientos aplicables de esta Norma a los cambios adicionales a los que no les haya sido aplicada la solución práctica. Si el cambio adicional no da lugar a la baja en cuentas del activo financiero o pasivo financiero, la entidad aplicará el párrafo 5.4.3 o el párrafo B5.4.6, según el que sea aplicable, para contabilizar ese cambio adicional. Si el cambio adicional da lugar a la baja en cuentas de un activo financiero o pasivo financiero, la entidad aplicará los requerimientos para la baja en cuentas.
[Referencia: párrafo FC5.318, Fundamentos de las Conclusiones]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.