NIIF 9 Instrumentos Financieros · Apéndice A Definiciones de términos
Definición: pasivos financieros que se contabilicen al valor razonable con cambios en resultados
Un pasivo financiero que cumpla alguna de las siguientes condiciones.
(a) Cumple la definición de mantenido para negociar.
(b) Desde el momento del reconocimiento inicial, ha sido designado por la entidad para contabilizarlo al valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con el párrafo 4.2.2 o 4.3.5.
(c) Se designa en el momento del reconocimiento inicial o con posterioridad como al valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con el párrafo 6.7.1.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.