NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Fecha de vigencia y transición

Párrafo 44D

El párrafo 3(a) fue modificado por el documento Mejoras a las NIIF emitido en mayo de 2008. Una entidad aplicará esa modificación para los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2009. Se permite su aplicación anticipada. Si una entidad aplicase las modificaciones en un periodo anterior revelará ese hecho y aplicará en ese periodo las modificaciones del párrafo 1 de la NIC 28, el párrafo 1 de la NIC 31 y el párrafo 4 de la NIC 32 emitidas en mayo de 2008. Se permite que una entidad aplique las modificaciones de forma prospectiva.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.