NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Alcance y objetivos

Párrafo 35A

Una entidad aplicará los requerimientos de revelar información de los párrafos 35F a 35N a los instrumentos financieros a los que se apliquen los requerimientos de deterioro de valor de la NIIF 9. Sin embargo:

(a) para cuentas por cobrar comerciales, activos del contrato y cuentas por cobrar de arrendamientos, se aplica el párrafo 35J en aquellos casos en los que se reconocen las pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida del activo, de acuerdo con el párrafo 5.5.15 de la NIIF 9, si dichos activos financieros se modifican cuando tienen más de 30 días de mora; y

(b) no se aplica el párrafo 35K(b) a las cuentas por cobrar por arrendamientos.

[Referencia: párrafo FC48GG, Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.