NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Incertidumbre que surge de la reforma de la tasa de interés de referencia

Párrafo 24H

Para las relaciones de cobertura a las que aplica una entidad las excepciones establecidas en los párrafos 6.8.4 a 6.8.12 de la NIIF 9 o los párrafos 102D a 102N de la NIC 39, ésta revelará:

(a) las tasas de interés de referencia significativas a las que están expuestas las relaciones de cobertura de la entidad;

(b) la medida de exposición al riesgo que la entidad gestiona que está directamente afectada por la reforma de la tasa de interés de referencia;

(c) la forma en que está gestionando la entidad el proceso de transición a las tasas de referencia alternativas;

(d) una descripción de los supuestos o juicios o significativos que realizó la entidad al aplicar estos párrafos (por ejemplo, supuestos o juicios sobre cuándo la incertidumbre que surge de la reforma de la tasa de interés de referencia deja de estar presente con respecto al calendario y al importe de los flujos de efectivo basado en la tasa de interés de referencia); y

(e) el importe nominal del instrumento de cobertura [Referencia: párrafos 6.2.1 a 6.2.6, NIIF 9] en dichas relaciones de cobertura.

[Referencia: párrafos FC35TT a FC35ZZ, Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.