NIIF 2 Pagos Basados en Acciones · Transacciones con pagos basados en acciones, que dan alternativas de liquidación en efectivo
Párrafo 34
En las transacciones con pagos basados en acciones en las que los términos del acuerdo proporcionen a la entidad, o a la contraparte, la opción de que la entidad liquide la transacción en efectivo (u otros activos) o mediante la emisión de instrumentos de patrimonio, la entidad contabilizará esa transacción, o sus componentes, como una transacción con pagos basados en acciones que se va a liquidar en efectivo [Referencia: párrafos 30 a 33] si, y en la medida en que, la entidad hubiese incurrido en un pasivo para liquidar en efectivo u otros activos, o como una transacción con pagos basados en acciones que se va a liquidar con instrumentos de patrimonio [Referencia: párrafos 10 a 29] siempre, y en la medida en que, no haya incurrido en ese pasivo.
Edición anotada
[IFRIC® Update, enero de 2010, Decisión de Agenda, «NIIF 2 Pagos Basados en Acciones— Transacciones en las que la forma de liquidación depende de sucesos futuros»
El CINIIF recibió una solicitud de aclaración de la clasificación y medición de transacciones con pagos basados en acciones para los cuales la forma de liquidación dependen de:
(i) un suceso futuro que queda fuera del control de la entidad y de la contraparte; o
(ii) un suceso futuro que está dentro del control de la contraparte.
El CINIIF destacó que los párrafos 34 a 43 de la NIIF 2 proporcionan guías solo sobre las transacciones con pagos basados en acciones en las que los términos del acuerdo proporcionan a la contraparte o a la entidad con una opción de liquidación.
El CINIIF destacó que la NIIF 2 no proporciona guías sobre las transacciones con pagos basados en acciones para las que la forma de liquidación depende de un suceso futuro que está fuera del control de la entidad y de la contraparte. El CINIIF destacó que se han planteado muchas otras cuestiones con respecto a la clasificación y medición de pagos basados en acciones como liquidados en efectivo o con instrumentos de patrimonio. Por ello, el CINIIF destacó que sería más apropiado que estas cuestiones se consideraran de forma colectiva como parte de una revisión posterior a la implementación de la NIIF 2.
Por ello, el CINIIF decidió no añadir estas cuestiones a su agenda y recomendó que esas cuestiones se trataran por el IASB en una revisión posterior a la implementación de la NIIF 2.]
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Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.