NIIF 2 Pagos Basados en Acciones · Determinación del valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos
Párrafo 18
El Apéndice B [Referencia: párrafos B2 a B41] contiene guías adicionales sobre la medición del valor razonable de las acciones y las opciones sobre acciones, centrándose en particular en los términos y las condiciones que son normalmente utilizados en una concesión de acciones o de opciones sobre acciones a los empleados.E6
Edición anotada
[IFRIC® Update, noviembre de 2006, Decisión de Agenda, «NIIF 2 Pagos Basados en Acciones— Medición del valor razonable de restricciones de transmisibilidad posteriores al periodo necesario para la irrevocabilidad de la concesión»
Se preguntó al CINIIF si el valor estimado de las acciones emitidas solo para los empleados y sujetas a restricciones posteriores al periodo necesario para la irrevocabilidad de la concesión podría basarse en un enfoque que atendería únicamente o principalmente a un mercado real o sintético que consistiera solo de transacciones entre una entidad y sus empleados en las cuales los precios, por ejemplo reflejaran la tasa de préstamos personales de los empleados. Se preguntó al CINIIF si este enfoque era congruente con los requerimientos de la NIIF 2.
El CINIIF destacó que los requerimientos del párrafo B3 del Apéndice B de la NIIF 2, señalan que “si las acciones están sujetas a restricciones que afectan a su transmisibilidad con posterioridad a la fecha límite de consolidación, ese hecho será tenido en cuenta, pero sólo en la medida en que las restricciones posteriores al periodo de consolidación del derecho afecten al precio que pagaría un sujeto independiente y bien informado. Por ejemplo, si las acciones cotizan activamente en un mercado líquido y profundo, las restricciones de transmisibilidad posteriores a la fecha de irrevocabilidad de la concesión pueden tener escaso o ningún efecto en el precio que el sujeto independiente e informado pagaría por esas acciones.”
El párrafo FC168 de los Fundamentos de las Conclusiones de la NIIF 2 destaca que “el objetivo es estimar el valor razonable de la opción sobre acciones, no el valor desde la perspectiva del empleado.” Además, el párrafo B10 del Apéndice B de la NIIF 2 señala que “los factores que afectan al valor de la opción sólo desde la perspectiva individual del empleado son irrelevantes para la estimación del precio que establecería un participante en el mercado interesado y debidamente informado.”
El CINIIF destacó que estos párrafos requieren la consideración de transacciones hipotéticas o reales, no solo con empleados, sino más bien con todos los participantes del mercado reales o potenciales que desean invertir en acciones restringidas que habían sido o pudieran serles ofrecidas.
El CINIIF consideró que la cuestión no se esperaba que creara divergencia significativa en las prácticas y que los requerimientos de la NIIF 2 estaban claros. Por ello, el CINIIF decidió no añadir la cuestión en la agenda.]
E6
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.