NIIF 2 Pagos Basados en Acciones · Aspectos generales
Párrafo 11
Para aplicar lo dispuesto en el párrafo 10 a transacciones con empleados y terceros que suministren servicios similares,3 la entidad determinará el valor razonable [Referencia: Apéndice B y párrafos FC85 a FC87, Fundamentos de las Conclusiones] de los servicios recibidos por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos, porque habitualmente no será posible estimar de manera fiable el valor razonable de los servicios recibidos, como se expone en el párrafo 12. El valor razonable de esos instrumentos de patrimonio se determinará en la fecha de concesión.
[Referencia:
párrafos FC88 a FC105, Fundamentos de las Conclusiones
párrafos GI1 a GI4, Guía de Implementación]
- 3 En el resto de la NIIF, todas las referencias a los empleados se entenderán realizadas también a los terceros que suministren servicios similares.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.