NIIF 19 Subsidiarias sin Obligación Pública de Rendir Cuentas: Información a Revelar · Contabilidad de coberturas

Párrafo 58

Una entidad revelará por separado, para cada categoría de exposiciones al riesgo que haya decidido cubrir y para la cuales aplique contabilidad de coberturas, una descripción de:

(a) los instrumentos de cobertura que se utilizan (y cómo se utilizan) para cubrir las exposiciones al riesgo; y

(b) la forma en que la entidad determina la relación económica entre la partida cubierta y el instrumento de cobertura a efectos de evaluar la eficacia de la cobertura.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.