NIIF 19 Subsidiarias sin Obligación Pública de Rendir Cuentas: Información a Revelar · Información a revelar cuando una moneda no es convertible
Párrafo 224
Cuando la moneda funcional de un negocio en el extranjero no sea convertible en la moneda de presentación o, si procede, la moneda de presentación no sea convertible en la moneda funcional de una operación en el extranjero, la entidad revelará:
(a) el nombre del negocio en el extranjero; si el negocio en el extranjero es una subsidiaria, operación conjunta, negocios conjuntos, asociada o sucursal; y su principal centro de negocio;
(b) información financiera resumida sobre el negocio en el extranjero; y
(c) la naturaleza y condiciones de cualquier acuerdo contractual que podrían requerir que la entidad proporcione apoyo financiero al negocio en el extranjero, incluyendo sucesos o circunstancias que podrían exponer a la entidad a una pérdida.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.