NIIF 19 Subsidiarias sin Obligación Pública de Rendir Cuentas: Información a Revelar · NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo
Párrafo 200
Una entidad revelará, para cada clase de propiedades, planta y equipo:
(a) las bases de medición utilizadas para determinar el importe bruto en libros;
(b) los métodos de depreciación utilizados;
(c) las vidas útiles o las tasas de depreciación utilizadas;
(d) el importe bruto en libros y la depreciación acumulada (agregada con pérdidas por deterioro del valor acumuladas), al principio y final del periodo sobre el que se informa; y
(e) una conciliación (no se requiere información comparativa) del importe en libros al principio y al final del periodo que muestre:
(i) las adiciones;
(ii) los activos clasificados como mantenidos para la venta o incluidos en un grupo de activos para su disposición que haya sido clasificado como mantenido para la venta, de acuerdo con la NIIF 5, así como con otras disposiciones;
(iii) las adquisiciones realizadas mediante combinaciones de negocios;
(iv) los aumentos o disminuciones resultantes de las revaluaciones según los párrafos 31, 39 y 40 de la NIC 16, y de las pérdidas por deterioro de valor reconocidas o revertidas en otro resultado integral de acuerdo con la NIC 36;
(v) las pérdidas por deterioro del valor reconocidas en el resultado del periodo aplicando la NIC 36;
(vi) las pérdidas por deterioro del valor revertidas en el resultado del periodo aplicando la NIC 36;
(vii) depreciación; y
(viii) otros cambios.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.