NIIF 19 Subsidiarias sin Obligación Pública de Rendir Cuentas: Información a Revelar · NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo

Párrafo 200

Una entidad revelará, para cada clase de propiedades, planta y equipo:

(a) las bases de medición utilizadas para determinar el importe bruto en libros;

(b) los métodos de depreciación utilizados;

(c) las vidas útiles o las tasas de depreciación utilizadas;

(d) el importe bruto en libros y la depreciación acumulada (agregada con pérdidas por deterioro del valor acumuladas), al principio y final del periodo sobre el que se informa; y

(e) una conciliación (no se requiere información comparativa) del importe en libros al principio y al final del periodo que muestre:

(i) las adiciones;

(ii) los activos clasificados como mantenidos para la venta o incluidos en un grupo de activos para su disposición que haya sido clasificado como mantenido para la venta, de acuerdo con la NIIF 5, así como con otras disposiciones;

(iii) las adquisiciones realizadas mediante combinaciones de negocios;

(iv) los aumentos o disminuciones resultantes de las revaluaciones según los párrafos 31, 39 y 40 de la NIC 16, y de las pérdidas por deterioro de valor reconocidas o revertidas en otro resultado integral de acuerdo con la NIC 36;

(v) las pérdidas por deterioro del valor reconocidas en el resultado del periodo aplicando la NIC 36;

(vi) las pérdidas por deterioro del valor revertidas en el resultado del periodo aplicando la NIC 36;

(vii) depreciación; y

(viii) otros cambios.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.