NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Clasificación de las diferencias de cambio y de la ganancia o pérdida en la posición monetaria neta

Párrafo B67

La entidad puede clasificar en más de una categoría los ingresos y gastos de una transacción que no implique solo plantear financiación. Por ejemplo, la compra de servicios en una transacción denominada en moneda extranjera y negociada en condiciones de crédito ampliado podría dar lugar a un gasto por la compra de los servicios clasificado en la categoría de operación [véase el párrafo B55(a)] y a unos gastos por intereses clasificados en la categoría de financiación [véase el párrafo B54(a)]. En tales casos, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo B68, la entidad utilizará su juicio para determinar si la diferencia de cambio se relaciona con el Importe clasificado en la categoría de financiación—y lo clasificará en esa categoría—o si se relaciona con el importe clasificado en otra categoría—y lo clasificará en esa categoría. La entidad no asignará entre categorías una diferencia de cambio derivada de un pasivo de una transacción que no implique solo la obtención de financiación. Al realizar sus juicios sobre cómo clasificar las diferencias de cambio, una entidad no necesita clasificar en la misma categoría las diferencias de cambio sobre todos esos pasivos. Sin embargo, una entidad clasificará en la misma categoría las diferencias de cambio sobre pasivos similares.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.