NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Efecto del impuesto a las ganancias para cada partida revelada en la conciliación
Párrafo B141
Una entidad está requerida por el párrafo 123(d) a revelar el efecto del impuesto sobre las ganancias para cada partida revelada en la conciliación entre una medida del rendimiento definida por la gerencia y el subtotal más directamente comparable enumerado en el párrafo 118 o el total o subtotal específicamente requerido para ser presentado o revelado por las Normas NIIF de Contabilidad. La entidad determinará el efecto del impuesto a las ganancias requerido por el párrafo 123(d), calculando los efectos del impuesto a las ganancias de la transacción o transacciones subyacentes:
(a) al tipo o tipos impositivos legales aplicables a la transacción o transacciones en la jurisdicción o jurisdicciones fiscales afectadas;
(b) basándose en una asignación proporcional razonable de los impuestos corrientes y diferidos de la entidad en la jurisdicción o jurisdicciones fiscales en cuestión; o
(c) el uso de otro método que logre una asignación más adecuada a las circunstancias.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.