NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Derecho a diferir la liquidación al menos por 12 meses [párrafo 101(d)]
Párrafo B105
Si los sucesos que siguen ocurriesen entre el final del periodo sobre el que se informa y la fecha en que los estados financieros son autorizados para su publicación, esos sucesos se revelarán como hechos ocurridos después de la fecha de balance que no implican ajustes, de acuerdo con la NIC 10 Hechos Ocurridos Después del Periodo sobre el que se Informa:
(a) refinanciación a largo plazo de un pasivo clasificado como corriente (véase el párrafo B98);
(b) rectificación de la infracción del contrato de préstamo a largo plazo clasificado como corriente (véase el párrafo B102);
(c) concesión, por parte del prestamista, de un periodo de gracia para rectificar la infracción relativa al contrato de préstamo a largo plazo clasificado como corriente (véase el párrafo B103); y
(d) liquidación de un pasivo clasificado como no corriente (véase el párrafo B104).
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.