NIIF 17 Contratos de Seguro · Distinción entre riesgo de seguro y otros riesgos
Párrafo B12
La definición de contrato de seguro hace referencia a que un evento pueda afectar de forma adversa al tenedor de la póliza de seguro. Esta definición no limita el pago, por parte de la entidad, a un importe que tenga que ser igual al efecto financiero del suceso adverso. Por ejemplo, la definición incluye cobertura de seguro «nuevo por antiguo» que paga el tenedor de la póliza de seguro un importe que permite la sustitución de un activo dañado o usado por uno nuevo. De forma similar, la definición no limita el pago, en un contrato de seguro de vida, a las pérdidas financieras sufridas por los dependientes del fallecido, ni excluye contratos que especifican el pago de importes predeterminados para cuantificar la pérdida causada por muerte o por un accidente.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.