NIIF 17 Contratos de Seguro · Medición en el momento del reconocimiento inicial (párrafos B36 a B95F)
Párrafo 32
En el reconocimiento inicial, una entidad medirá un grupo de contratos de seguros por el total de:
(a) Los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento, que comprenden:
(i) Estimaciones de los flujos de efectivo futuros (párrafos 33 a 35);
(ii) un ajuste para reflejar el valor temporal del dinero y los riesgos financieros relacionados con los flujos de efectivo futuros, en la medida en que los riesgos financieros no se hayan incluido en las estimaciones de los flujos de efectivo futuros (párrafo 36); y
(iii) un ajuste del riesgo para el riesgo no financiero (párrafo 37).
(b) El margen del servicio contractual, medido aplicando los párrafos 38 y 39.
[Referencia: Ejemplo 1, Ejemplos Ilustrativos]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.