NIIF 17 Contratos de Seguro · Medición (párrafos B36 a B119F)

Párrafo 29

Una entidad aplicará los párrafos 30 a 52 a todos los grupos de contratos de seguro dentro del alcance de la NIIF 17, con las excepciones siguientes:

(a) para grupos de contratos de seguro que cumplan los criterios especificados en el párrafo 53, una entidad puede simplificar la medición del grupo usando el enfoque de asignación de la prima, contenido en los párrafos 55 a 59.

(b) para grupos de contratos de reaseguro mantenidos, una entidad aplicará los párrafos 32 a 46 según se requiere los párrafos 63 a 70A. Los párrafos 45 (sobre contratos de seguro con componentes de participación directa) y 47 a 52 (sobre contratos onerosos) no se aplicarán a grupos de contratos de reaseguro mantenidos.

(c) Para grupos de contratos de inversión con componentes de participación discrecional, una entidad aplicará los párrafos 32 a 52, modificados según establece el párrafo 71.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.