NIIF 16 Arrendamientos · Fecha de vigencia

Párrafo C1

Una entidad aplicará esta Norma para los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019.

[Referencia: párrafos FC268 a FC271, Fundamentos de las Conclusiones] Se permite su aplicación anticipada para entidades que utilicen la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes antes de la fecha de aplicación inicial [Referencia: párrafo C2] de esta Norma. [Referencia: párrafo FC272, Fundamentos de las Conclusiones] Si una entidad aplica esta Norma en un periodo que comience con anterioridad, revelará ese hecho.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.