NIIF 16 Arrendamientos · Clasificación del arrendamiento por el arrendador (párrafos 61 a 66)

Párrafo B57

Para un arrendamiento de terreno y edificios en los que el importe del terreno no es significativo para el arrendamiento, un arrendador puede tratar el terreno y los edificios como una sola unidad a efectos de la clasificación del arrendamiento y clasificarlo como un arrendamiento financiero o un arrendamiento operativo aplicando los párrafos 62 a 66 y B53 y B54. En este caso, un arrendador considerará la vida económica de los edificios como la que corresponde al activo subyacente en su totalidad.

[Referencia: párrafos FCZ249 y FCZ250, Fundamentos de las Conclusiones]

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