NIIF 10 Estados Financieros Consolidados · Determinación de si una entidad es una entidad de inversión

Párrafo 28

Para evaluar si cumple la definición descrita en el párrafo 27, una entidad considerará si tiene las características típicas siguientes de una entidad de inversión:

(a) tiene más de una inversión (véanse los párrafos B85O a B85P);[Referencia: párrafos FC257 y FC258, Fundamentos de las Conclusiones]

(b) tiene más de un inversor (véanse los párrafos B85Q a B85S);[Referencia: párrafos FC259 y FC260, Fundamentos de las Conclusiones]

(c) tiene inversores que no son partes relacionadas de la entidad (véanse los párrafos B85T a B85U) [Referencia: párrafos FC261 y FC262, Fundamentos de las Conclusiones]; y

(d) tiene participaciones en la propiedad en forma de patrimonio o participaciones similares (véanse los párrafos B85V a B85W).[Referencia: párrafos FC263 a FC267, Fundamentos de las Conclusiones] La ausencia de cualquiera de estas características típicas no impide necesariamente que una entidad se clasifique como una entidad de inversión [Referencia: párrafo FC255, Fundamentos de las Conclusiones]. Una entidad de inversión que no tiene todas estas características típicas proporcionará la información a revelar adicional requerida por el párrafo 9A de la NIIF 12 Información a Revelar sobre Participaciones en Otras Entidades [Referencia: párrafo FC61E, Fundamentos de las Conclusiones, NIIF 12].

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