NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Activos y pasivos de subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos
Párrafo D17
Sin embargo, si una entidad adopta por primera vez las NIIF después que su subsidiaria (o asociada o negocio conjunto), ésta medirá, en sus estados financieros consolidados, los activos y pasivos de la subsidiaria (o asociada o negocio conjunto) por los mismos importes en libros que figuran en los estados financieros de la subsidiaria (o asociada o negocio conjunto), después de realizar los ajustes que correspondan al consolidar [Referencia: párrafos B86 a B96, NIIF 10] o aplicar el método de la participación [Referencia: párrafos 10 a 43, NIC 28], así como los que se refieran a los efectos de la combinación de negocios [Referencia: NIIF 3] en la que tal entidad adquirió a la subsidiaria. A pesar de este requerimiento, una controladora que no es una entidad de inversión no aplicará la excepción de consolidación que se utiliza por cualquier subsidiaria que es una entidad de inversión. [Referencia: párrafos FC275 a FC283, Fundamentos de las Conclusiones, NIIF 10] De forma similar, si una controladora adopta por primera vez las NIIF en sus estados financieros separados, antes o después que en sus estados financieros consolidados, medirá sus activos y pasivos a los mismos importes en ambos estados financieros, excepto por los ajustes de consolidación.
[Referencia: GI ejemplo 9]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.