NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Información financiera intermedia

Párrafo 33

La NIC 34 requiere que se revele cierta información mínima, que esté basada en la hipótesis de que los usuarios de los informes intermedios también tienen acceso a los [Referencia: párrafos 28 a 29, NIIF 18] estados financieros anuales más recientes. Sin embargo, la NIC 34 también requiere que una entidad revele “cualquier suceso o transacción que resulte significativo [Referencia: párrafos 23 a 25, NIC 34] para la comprensión del periodo intermedio actual”. Por tanto, si la entidad que adopta por primera vez las NIIF no reveló, en sus estados financieros anuales más recientes, preparados conforme a los PCGA anteriores, información significativa para lo hará dentro de la información financiera intermedia, o bien incluirá en la misma una referencia a otro documento publicado que la contenga.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.