NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición · Transición (párrafos 103 a 108C)

Párrafo GA133

Una entidad puede haber designado una transacción intragrupo prevista como una partida cubierta al comienzo de un periodo anual iniciado a partir del 1 de enero de 2005 (o, con el fin de reexpresar información comparativa, el comienzo de un periodo comparativo anterior) en una cobertura que cumplía las condiciones de la contabilidad de coberturas de acuerdo con lo establecido en esta Norma (modificada por la última frase del párrafo 80). Tal entidad puede utilizar esa designación para aplicar la contabilidad de coberturas en los estados financieros consolidados desde el comienzo del periodo anual iniciado a partir del 1 de enero de 2005 (o el comienzo del periodo comparativo anterior). Tal entidad aplicará también los párrafos GA99A y GA99B desde el comienzo del periodo anual que se inicie a partir del 1 de enero de 2005. No obstante, de acuerdo con el párrafo 108B, no necesita aplicar el párrafo GA99B a la información comparativa de periodos anteriores.

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