Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público
ARTÍCULO 3º.- FINALIDAD
3.1 Contribuir en la formación y desarrollo de capacidades de los estudiantes y egresados de universidades, institutos de Educación Superior, escuelas de Educación Superior y Centros de Educación Técnico Productiva.
3.2 Promover el conocimiento de las actividades que realizan las entidades del sector público.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.