Ley que establece la libre disponibilidad temporal y posterior intangibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA LEY
El objeto de la presente Ley es devolver a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) su naturaleza de seguro de desempleo, que permita a los trabajadores tener una contingencia asegurada para la eventualidad de la pérdida del empleo.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.