Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar
ARTÍCULO 20º.- DERECHO A LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a un ambiente laboral armonioso, adecuado, que preserve su salud y seguridad y les permita desarrollar su trabajo en condiciones libres de cualquier tipo de riesgo, conforme a las normas del régimen laboral general de la actividad privada. Se observará lo dispuesto en la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y demás normas conexas, en lo que fuera aplicable.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.